Oposiciones Celador/a INGESA: lista provisional de excluidos publicada y plazo de 10 días para subsanar
BOE: Si apareces en la lista de excluidos del INGESA, tienes 10 días hábiles para subsanar y no perder tu plaza.
Impacto: Resolución de 30 de julio de 2026, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo, por concurso-oposición, por el sistema general de acceso libre, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría Celador/a, convocado por Resolución de 23 de abril de 2026.
Detalles
- Publicación: Resolución de 30 de julio de 2026 de la Dirección del INGESA
- Plazo: 10 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación
- Causas más frecuentes: F (rentas superiores al SMI), G (no verificar carencia de rentas) e I (no acreditar familia numerosa)
- Sede electrónica: Punto de Acceso General con identificación Cl@ve
- Consulta: Listas completas en www.ingesa.sanidad.gob.es
Contenido
Contexto: por qué esta lista marca un antes y un después en tu oposición
Quienes se presentaron al proceso selectivo para Celador/a del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) esperan un listado provisional. Esta publicación no es un simple trámite: determina quién puede seguir adelante y quién puede corregir errores administrativos antes del examen. La Resolución de 30 de julio de 2026 de la Dirección del INGESA, dictada en cumplimiento de la base 5.1 de la convocatoria de 23 de abril de 2026, aprueba las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
Las listas completas de admitidos no se imprimen en el diario oficial; se publican en la web del INGESA y en el Punto de Acceso General. Lo que sí aparece en el BOE son los anexos de excluidos, con el motivo exacto de cada exclusión. A simple vista puede parecer una mala noticia, pero en realidad es una red de seguridad: casi todas las causas se pueden subsanar. El tiempo corre, y conviene actuar en cuanto se abra la consulta.
Qué significa aparecer en la lista de excluidos
Imagina que la Administración es un escáner de seguridad. Cuando revisa tu solicitud, detecta que falta un documento, que un dato no coincide o que no se autorizó una verificación. En lugar de silenciarte, te muestra en una lista con una letra que explica el defecto. Es tu oportunidad para corregirlo antes de que la decisión se vuelva definitiva.
En esta fase provisional, la exclusión no es irreversible. Si estás en el anexo I o en el anexo II, dispones de diez días hábiles para presentar la subsanación. También deben presentar escritos quienes no figuren ni en la relación de admitidos ni en la de excluidos, porque esa omisión también tiene que resolverse. La ventana de actuación es común para todos: empieza al día siguiente de la publicación y concluye pasados diez días hábiles.
Causas de exclusión explicadas de forma sencilla
El listado emplea códigos de letras. Cada letra identifica una falta en la solicitud o en la documentación. Estas son todas las causas recogidas en la resolución, con una explicación práctica:
| Letra | Motivo | ¿Se puede arreglar? |
|---|---|---|
| A | No se autoriza la comprobación del documento de identidad, la comprobación es negativa o no se aportó copia. | Sí, aportando copia válida del DNI/NIE. |
| B | No se cumple el requisito de nacionalidad de la base 3.2. | Solo si el dato es incorrecto y se demuestra con documentación. |
| C | No se acredita la condición de discapacidad o no se puede verificar. | Sí, con certificado oficial de discapacidad. |
| D | No se está en situación de desempleo durante al menos un mes anterior a la convocatoria. | Solo si los datos eran erróneos y se aporta informe de vida laboral. |
| E | No se autoriza o no se puede comprobar la condición de demandante de empleo. | Sí, autorizando la consulta o aportando certificado. |
| F | Las rentas superan en cómputo mensual el Salario Mínimo Interprofesional. | Solo si el cálculo administrativo es incorrecto. |
| G | No se autoriza o no se puede verificar que careces de rentas superiores al SMI. | Sí, autorizando la verificación o aportando documentación. |
| H | No se autoriza o no se puede comprobar la condición de familia numerosa. | Sí, autorizando la consulta. |
| I | No se acredita la categoría de familia numerosa declarada. | Sí, aportando el título o certificado actualizado. |
| J | No se acredita la condición de víctima del terrorismo. | Sí, con la resolución administrativa o judicial correspondiente. |
| K | No se indica en la solicitud la localidad de examen, Ceuta o Melilla. | Sí, comunicando la elección. |
Las combinaciones de letras, como E,G o D,F, indican que una misma persona acumula varios motivos. Si aparece una letra no subsanable, la persona perderá esta convocatoria, aunque aún puede preparar las próximas. Por eso conviene identificar cuanto antes cuál es tu situación real.
Guía paso a paso para subsanar en 10 días hábiles
El procedimiento es electrónico y está pensado para que no sea necesario desplazarse. Aun así, la gestión requiere método. Aquí tienes una guía ordenada:
- Descarga el anexo correspondiente, I o II, y localiza tu NIF. No basta con buscar el apellido, porque los NIF aparecen parcialmente ocultos.
- Identifica la letra o combinación de letras en la columna de causa de exclusión. Anótalas y subraya las que requieren documentación.
- Prepara los documentos: copia del DNI o NIE, certificado de discapacidad, informe de vida laboral, certificado de demandante de empleo, título de familia numerosa o resolución de víctima del terrorismo, según el caso.
- Entra en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General, en la URL http://administracion.gob.es/PAG/ips.
- Identifícate mediante Cl@ve en cualquiera de sus modalidades, por ejemplo con certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve PIN.
- Redacta un escrito de subsanación, adjunta la documentación y envía el formulario. El sistema te dará un justificante de presentación; guárdalo como prueba.
- Comprueba dentro de los días siguientes que tu solicitud queda registrada correctamente y que no se ha generado un nuevo error.
Este trámite solo se admite por vía electrónica. No vale enviar documentos por correo ordinario ni presentarse en una oficina sin cita. La plataforma puede sufrir caídas puntuales, por eso es aconsejable no esperar al último día.
Impacto para opositores, familias, autónomos y centros sanitarios
Aunque la noticia tiene un destinatario principal, el aspirante, su efecto se nota en varios niveles. En el nivel individual, cada excluido tiene en su mano la posibilidad de continuar. En el nivel familiar, la persona que se presenta muchas veces comparte piso, gastos y tiempo de estudio con los suyos; una exclusión mal subsanada puede convertirse en una oportunidad perdida que se arrastra durante años.
Para los trabajadores autónomos que se presentan a la oposición, la gestión electrónica es una ventaja: pueden subsanar fuera del horario comercial, sin perder la jornada laboral ni depender de un desplazamiento a la sede. Para las empresas del sector sanitario, especialmente en Ceuta y Melilla, la cobertura de plazas fijas de celadores reduce la temporalidad y refuerza las plantillas de los centros dependientes del INGESA.
Comparativa: antes y después de la subsanación
Este cuadro resume la evolución típica de un aspirante:
| Situación inicial | Antes de actuar | Después de subsanar |
|---|---|---|
| Excluido con causa subsanable | No puede acceder al examen | Pasa a la lista definitiva de admitidos |
| No figura ni en admitidos ni en excluidos | Sin confirmación | Es incluido en la relación definitiva |
| Excluido con causa insubsanable | Pierde la convocatoria actual | Puede preparar la siguiente o recurrir |
Un ejemplo práctico: un aspirante con causa I porque no aportó el título de familia numerosa puede presentar el certificado en plazo y quedar admitido. En cambio, quien tiene causa F y realmente cobra rentas superiores al SMI no podrá superar ese requisito con un simple documento, aunque sí comprobar si la cifra que maneja la Administración es correcta.
Errores comunes que debes evitar
El plazo de subsanación es una oportunidad real, pero también genera nervios. Estos son los fallos más habituales:
- Esperar al último día: la plataforma puede congestionarse y el envío fallar.
- No verificar el anexo correcto: hay una lista para acceso libre y otra para acceso libre con reserva de discapacidad.
- Usar un sistema de identificación no adecuado: necesitas Cl@ve con certificado, DNI electrónico o PIN.
- Aportar documentos caducados o sin validez oficial.
- No guardar el justificante de presentación electrónica.
- Subsanar por una vía distinta a la indicada, como el correo postal.
Si tu caso es complejo y tienes dudas sobre qué causa te afecta, consulta primero la relación de admitidos. Si apareces en ella, no necesitas hacer nada. Si no, revisa los anexos y, ante la duda, presenta la subsanación aunque creas que no corresponde.
Previsión de los próximos 12-24 meses
Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Dirección del INGESA publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos. A continuación, se convocará la fecha del ejercicio de la oposición, normalmente un examen tipo test sobre las funciones del celador. Los que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso, donde se valorará la experiencia y la formación.
En los meses siguientes, los aprobados sin plaza podrán engrosar bolsas de trabajo temporal. Quienes obtengan plaza serán nombrados personal estatutario fijo, con todas las ventajas de estabilidad que eso conlleva. Para los excluidos definitivos, quedará la esperanza de que se convoque una nueva oferta de empleo público, algo que en el ámbito sanitario suele repetirse cada pocos años.
Preguntas frecuentes
¿Dónde veo la lista completa de admitidos?
La lista completa de admitidos no se publica en el BOE. Debes consultarla en la web del INGESA, www.ingesa.sanidad.gob.es, y en el Punto de Acceso General.
¿Puedo subsanar la causa F si mis rentas son altas?
Solo si los datos que maneja la Administración son incorrectos. Si en realidad superas el SMI, la convocatoria no te permite acceder por esa vía de reserva.
¿Qué ocurre si no aparezco ni en admitidos ni en excluidos?
Debes presentar la subsanación en el mismo plazo de diez días hábiles para que te incluyan. No puedes quedarte sin actuar si quieres conservar tu derecho.
Recursos y plantilla orientativa
Si necesitas redactar el escrito de subsanación, puedes usar este modelo orientativo y adaptarlo con tus datos: “D. [nombre y apellidos], con NIF [número], comparezco en el proceso selectivo de Celador/a del INGESA y presento escrito de subsanación de la exclusión indicada en el anexo [I/II]. Adjunto la documentación justificativa de la causa [letra]. Solicito que se me tenga por admitido en la relación definitiva.”
Descarga la plantilla de subsanación orientativa (una página)
Consulta la guía completa sobre las oposiciones de Celador/a del INGESA
