InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

Actualización de los anexos del Fondo de Cohesión Sanitaria sobre costes y procedimientos

Actualización de los anexos del Fondo de Cohesión Sanitaria sobre costes y procedimientos

BOE: La orden actualiza los costes y procedimientos del Fondo de Cohesión Sanitaria para garantizar la igualdad de acceso sanitario.

Impacto: Orden SND/433/2026, de 27 de abril, por la que se actualizan los anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria.

Detalles

  • Departamento: Ministerio de Sanidad
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Modifica: Anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre
  • Aplicación: Los nuevos costes se aplicarán en la liquidación del Fondo de Cohesión Sanitaria del año 2025, correspondiente a la actividad de 2024

Contenido

Qué se ha publicado

El Ministerio de Sanidad ha publicado la orden ministerial por la que se actualizan los anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, que regula la gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria (FCS). Esta orden deroga la anterior Orden SND/976/2024, de 6 de septiembre, y sustituye por completo los anexos, recogiendo las últimas actualizaciones legales y los avances científicos. La orden ha sido informada por la Comisión de Seguimiento del FCS, el Comité Consultivo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y el propio Consejo Interterritorial.

Por qué puede ser importante

El FCS tiene por objeto garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios públicos en todo el territorio, compensando a las comunidades autónomas por la atención a pacientes derivados a centros, servicios o unidades de referencia (CSUR) de otra comunidad. La actualización de los anexos es necesaria para que los costes compensables se ajusten a la realidad asistencial y a la evidencia científica. Se han actualizado los importes basándose en los costes medios de 2024, obtenidos de la Estadística de Centros Sanitarios de Atención Especializada. Además, se ha modificado la denominación del apartado B del anexo II, que pasa de ‘cirugía mayor ambulatoria’ a ‘procedimientos médicos y quirúrgicos ambulatorios que compensan por GRD’, reflejando que incluye tanto procedimientos quirúrgicos como médicos.

Leer  Convenio para estancias formativas en Formación Profesional: claves para alumnos y empresas del sector sanitario

A quién puede interesar

Esta orden afecta directamente a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, que son las entidades que derivan y reciben pacientes. También interesa a los profesionales sanitarios que trabajan en CSUR, a los gestores hospitalarios y a los pacientes que requieren ser derivados para recibir tratamientos complejos. Asimismo, puede ser de interés para los organismos de control y auditoría del sistema sanitario.

Datos clave

  • Departamento: Ministerio de Sanidad
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Publicación: No consta la fecha de publicación en el BOE en la información disponible
  • Modifica: Anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre
  • Deroga: Orden SND/976/2024, de 6 de septiembre
  • Aplicación: Los nuevos costes se aplicarán por primera vez en la liquidación del FCS del año 2025, correspondiente a la actividad registrada en 2024
  • Cambio principal: Actualización de procesos con ingreso hospitalario (anexo I), procedimientos ambulatorios (anexo II) y otros procedimientos (anexo III) con nuevos importes basados en costes medios 2024

Qué conviene revisar

Las comunidades autónomas deben revisar los nuevos listados y asegurarse de que sus sistemas de facturación y registro reflejan los códigos APR-GRD (versión 38) y los importes de compensación (80% del coste medio). También deben tener en cuenta la disposición transitoria, que permite seguir compensando algunas patologías mientras no se designen CSUR específicos. Se recomienda consultar el texto oficial completo en el BOE para obtener todos los detalles.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Fondo de Cohesión Sanitaria?

Es un fondo creado por la Ley 21/2001 para compensar a las comunidades autónomas por la asistencia sanitaria prestada a pacientes derivados a CSUR de otra comunidad, con el fin de garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios.

¿Cuándo entra en vigor esta orden?

La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE. Los nuevos importes se aplicarán por primera vez en la liquidación del FCS del año 2025.

Leer  Oposiciones a Instituciones Penitenciarias: 146 plazas de promoción interna y cómo conseguir tu plaza

¿Qué cambios introduce en los procedimientos ambulatorios?

Se cambia la denominación del apartado B del anexo II a ‘procedimientos médicos y quirúrgicos ambulatorios que compensan por GRD’, y se actualizan los costes de esos procedimientos basados en GRD.

¿Dónde puedo consultar los nuevos importes?

En el texto de la orden publicada en el BOE, que incluye tablas con los códigos APR-GRD, niveles de severidad, descripción, coste medio y compensación al 80%.

Actualización de los anexos del Fondo de Cohesión Sanitaria sobre costes y procedimientos
Scroll to top