InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

Sentencia del Tribunal Supremo anula el Real Decreto de plantas fotovoltaicas flotantes

Sentencia del Tribunal Supremo anula el Real Decreto de plantas fotovoltaicas flotantes

BOE: El Tribunal Supremo anula el Real Decreto 662/2024 que regulaba la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses de cuencas estatales.

Impacto: Sentencia de 29 de abril de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo 671/2024, interpuesto por la Letrada de la Comunidad de Aragón, en la representación que le es propia, contra el Real Decreto 662/2024, de 9 de julio, por el que se establece el régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, y por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Detalles

  • Fecha de la sentencia: 29 de abril de 2025
  • Tribunal: Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo
  • Recurso contencioso-administrativo: Número 671/2024
  • Efecto: Declaración de nulidad de pleno derecho del Real Decreto 662/2024
  • Costas: Impuestas a la parte demandada (Administración General del Estado)

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado recoge la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera (Sección Quinta), dictada el 29 de abril de 2025, en el recurso contencioso-administrativo número 671/2024. Este recurso fue interpuesto por la Letrada de la Comunidad Autónoma de Aragón contra el Real Decreto 662/2024, de 9 de julio, por el que se establece el régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, y por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Por qué puede ser importante

Esta sentencia anula por completo el Real Decreto 662/2024, lo que significa que la normativa específica para la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses de competencia estatal deja de estar en vigor. La decisión del Tribunal Supremo se basa en que el real decreto no es conforme a Derecho, declarándolo nulo de pleno derecho. Ello afecta directamente al marco regulatorio de este tipo de instalaciones de energía solar, que quedan sin una regulación específica hasta que se apruebe una nueva norma ajustada a la legalidad.

Leer  Oposiciones Escala Técnica de Gestión Sanidad y Consumo: 131 plazas | Requisitos, temario y guía para prepararlas

A quién puede interesar

La sentencia interesa principalmente a empresas y promotores del sector de las energías renovables, especialmente aquellos que proyectan instalar plantas fotovoltaicas flotantes en embalses gestionados por la Administración General del Estado. También afecta a las comunidades autónomas, como la recurrente Aragón, y a los organismos de cuenca. Igualmente, es relevante para los operadores jurídicos y técnicos que asesoran sobre proyectos energéticos en dominio público hidráulico.

Datos clave

  • Recurso: Número 671/2024 interpuesto por la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Norma anulada: Real Decreto 662/2024, de 9 de julio, sobre plantas fotovoltaicas flotantes en embalses.
  • Modificación afectada: Se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986).
  • Fecha de la sentencia: 29 de abril de 2025.
  • Costas: Se imponen a la parte demandada (Administración General del Estado).

Qué conviene revisar

Es recomendable consultar el texto íntegro de la sentencia para conocer los fundamentos jurídicos de la nulidad. Las empresas y organismos interesados deben estar atentos a posibles nuevas publicaciones en el BOE que restablezcan una regulación de las plantas fotovoltaicas flotantes. Mientras tanto, cualquier proyecto en tramitación deberá evaluar su situación a la luz de la anulación del real decreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué implica la nulidad de pleno derecho?

El Real Decreto 662/2024 se considera como si nunca hubiera existido, perdiendo todos sus efectos jurídicos desde su origen.

¿Cuándo entra en vigor esta sentencia?

No consta la fecha de publicación en el BOE, pero la sentencia tiene efectos desde su notificación. Se recomienda consultar el texto oficial para confirmar la fecha de publicación.

¿Se podrá recurrir esta sentencia?

No consta en la información disponible. Normalmente las sentencias del Tribunal Supremo son firmes, salvo recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero no se menciona en la entrada.

¿Qué ocurre con los proyectos en marcha basados en el real decreto anulado?

Al haber sido anulado, los proyectos que se hubieran ajustado a esa norma quedan sin marco regulatorio específico. No se detalla en la entrada si hay disposiciones transitorias; se recomienda esperar aclaraciones oficiales o nueva normativa.

Leer  Ayudas para apicultores tras los temporales: cómo acreditar la superficie de pastos en la Solicitud Única 2025
Sentencia del Tribunal Supremo anula el Real Decreto de plantas fotovoltaicas flotantes
Scroll to top