Modificación del acuerdo de negociación colectiva y recursos sindicales en la AGE
BOE: Se modifica el acuerdo que regula la estructura de negociación colectiva y la asignación de recursos sindicales en la Administración General del Estado.
Impacto: Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 22 de abril de 2026, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, por el que se modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2025, sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado.
Detalles
- Fecha de publicación: 19 de mayo de 2026 (resolución)
- Departamento: Secretaría de Estado de Función Pública
- Tipo de disposición: Resolución por la que se aprueba y publica el Acuerdo de modificación
- Entrada en vigor: A los 20 días naturales de su publicación en el BOE
- Principal novedad: Incorporación del sindicato LAB a las Mesas Generales de Negociación
Contenido
Qué se ha publicado
El BOE recoge la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 19 de mayo de 2026, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 22 de abril de 2026 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (AGE) que modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la AGE.
Por qué puede ser importante
Este acuerdo actualiza la estructura de los ámbitos de negociación colectiva en la AGE, así como los recursos y garantías de las organizaciones sindicales. Se incorporan ajustes para aclarar dudas interpretativas surgidas tras el acuerdo anterior y se reconoce la legitimación del sindicato LAB, lo que modifica la composición de las mesas de negociación.
A quién puede interesar
Principalmente a las organizaciones sindicales con representación en la AGE, a los empleados públicos (funcionarios, laborales y estatutarios) cuyas condiciones de trabajo se negocian en estas mesas, y a los gestores de recursos humanos de la Administración.
Datos clave
- Fecha del acuerdo modificado: 18 de junio de 2025
- Fecha del acuerdo modificador: 22 de abril de 2026
- Órgano que lo aprueba: Mesa General de Negociación de la AGE (artículo 36.3 TREBEP)
- Vigencia: Indefinida, salvo denuncia expresa
- Deroga: Los acuerdos de 20 de mayo de 2008 y 16 de diciembre de 2020
Qué conviene revisar
Las organizaciones sindicales deben consultar el texto completo del acuerdo, especialmente los anexos que determinan la composición de las mesas y la asignación de dispensas y créditos horarios. Es importante comprobar si su representación se ve afectada y si deben realizar nuevos trámites de inscripción de secciones sindicales o delegados.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambios introduce este acuerdo respecto al de 2025?
Se incorpora al sindicato LAB en las mesas de negociación, se aclaran dudas interpretativas y se actualizan los anexos de composición y recursos.
¿Cuándo entra en vigor?
Entra en vigor a los 20 días naturales de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
¿Afecta a los créditos horarios de los delegados sindicales?
Sí, se mantienen las bolsas de créditos horarios con ligeras modificaciones en su distribución, reflejadas en los anexos del acuerdo.
¿Qué ocurre con las dispensas y créditos del acuerdo anterior?
Las que no figuren en los anexos del nuevo acuerdo quedarán extinguidas; las que sí figuren mantienen su vigencia sin necesidad de nueva tramitación.
