Modificado el convenio de pilotos de Norwegian para cumplir con medidas LGTBI
BOE: Se modifica el II Convenio colectivo de pilotos de Norwegian para incorporar medidas de igualdad y no discriminación LGTBI según el Real Decreto 1026/2024.
Impacto: Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de pilotos de Norwegian Air Resources Spain, SL.
Detalles
- Tipo de disposición: Acuerdo de modificación de convenio colectivo
- Departamento: Dirección General de Trabajo
- Fecha de publicación: 7 de mayo de 2026
- Objeto: Incorporar medidas del Real Decreto 1026/2024 sobre igualdad y no discriminación de las personas LGTBI
Contenido
Qué se ha publicado
El BOE del 7 de mayo de 2026 publica la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se ordena la inscripción y publicación del acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de pilotos de Norwegian Air Resources Spain, SL. Este acuerdo, firmado el 28 de enero de 2026 y subsanado el 28 de abril de 2026, modifica varios artículos del convenio para dar cumplimiento al Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, que desarrolla las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Por qué puede ser importante
Esta modificación actualiza el convenio colectivo de los pilotos de Norwegian para adaptarlo a la normativa reciente sobre derechos LGTBI. Introduce cambios en licencias, procesos de selección, promoción, medidas contra la discriminación y protocolos contra el acoso, garantizando entornos laborales más inclusivos y respetuosos con la diversidad.
A quién puede interesar
Principalmente a los pilotos de Norwegian Air Resources Spain, así como a la dirección de la empresa y a los representantes sindicales. También puede ser de interés para otras empresas del sector aéreo que deban adaptar sus convenios a la misma normativa.
Datos clave
- Artículos modificados: 36 (Licencias), 38 (Admisión e incorporación), 39 (Categorías profesionales), 49 y 51 (Plan de Igualdad y Diversidad), 52 (Procedimiento anti-acoso), 59 (Faltas y sanciones).
- Normativa de referencia: Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, sobre medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI.
- Licencia específica: Se añade un día de descanso mensual para personas trans en proceso de hormonación.
- Prohibición de discriminación: Se refuerzan las cláusulas contra la discriminación por orientación sexual, identidad de género y expresión de género en todos los procesos laborales.
Qué conviene revisar
Las personas trabajadoras afectadas y los representantes sindicales deben revisar el texto íntegro de los artículos modificados para conocer en detalle los nuevos derechos y obligaciones. Se recomienda consultar el texto oficial publicado en el BOE y, en caso de duda, contactar con el departamento de Recursos Humanos o la sección sindical.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo están en vigor estas modificaciones?
La resolución se publica el 7 de mayo de 2026, por lo que las modificaciones entran en vigor a partir de esa fecha, salvo que el propio acuerdo establezca otra cosa.
¿Afecta a todos los pilotos de Norwegian por igual?
Sí, las modificaciones son de aplicación a todos los pilotos sujetos al II Convenio colectivo de Norwegian Air Resources Spain, SL.
¿Se han creado nuevas faltas o sanciones?
Sí, se han incluido como faltas leves las conductas ofensivas por razón de orientación sexual o identidad de género, y como faltas muy graves los malos tratos o intimidaciones discriminatorias.
